¿Qué diferencia hay entre un aval bancario y un aval normal?

La diferencia entre un aval bancario y un aval normal suele pasar desapercibida a veces, ya que muchos usan la palabra aval bancario como sinónimo de aval, aunque ésta no lo es, y su diferencia es grande.

La figura del aval es aquella muchas veces requerida por las entidades bancarias o prestamistas tradicionales a la hora de otorgar un crédito, ya que la misma -garantizando su solvencia económica- se responsabiliza por la deuda del titular en caso de que este incurra en el impago.

El aval es un seguro para quien otorga el préstamo; así, un aval bancario es en el que quien avala al solicitante es el banco. El banco es quien dice ‘yo me haré responsable de la deuda si el avalado no puede concluirla’.

Evidentemente, el banco no hace esto por compasión o amistad; éstos tienen métodos y vías muy meticulosas para evaluar la solvencia de un solicitante y así decidir si aprobar o no un aval. A fin de cuentas, se trata de una maniobra con riesgos financieros para la entidad, en la que puede perder parte del capital que otorgan en concepto de un préstamo, por lo que se justifica un estudio previo del solicitante. El banco sólo avalará si elimina las posibilidades de riesgo, asegurando su capital y evitando que se generen deudas en su contra.

Además, como es de esperarse, la emisión de un aval bancario, a diferencia de un aval normal, implica gastos por gestiones bancarias, asesores de terceros, y firmas de documentos, que rondan usualmente entre el 0.3 y el 0.5 por ciento, además de un seguro de riesgo que el banco cobra al solicitante mensual o trimestralmente como un extra por los riesgos que asume.

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